¿Por qué una comunidad de bienes?

Las promociones realizadas en régimen de comunidad de propietarios suponen que los propios compradores de las viviendas asumen el desarrollo de la promoción, con todos los derechos y obligaciones que ello conlleva.


Es decir:

  • Los compradores son copropietarios de la titularidad del suelo y de sus viviendas desde el principio.

  • La financiación de la promoción es asumida también desde el principio por cada copropietario, por lo tanto es más fácil acceder a ella.

  • Las viviendas se adquieren a precio de coste, ya que no existe la figura del promotor, y por lo tanto se elimina su beneficio.

  • La gestión para un correcto funcionamiento, se debe delegar a una sociedad gestora, la cual velara por el interés común de todos los copropietarios.

  • Las promociones en régimen de comunidad de propietarios disfrutan del mismo régimen de garantías que una promoción normal.

  • Es deber de la gestora informar periódicamente a los copropietarios del estado del proyecto.
 
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