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Las promociones realizadas en régimen de comunidad de propietarios suponen que los propios compradores de las viviendas asumen el desarrollo de la promoción, con todos los derechos y obligaciones que ello conlleva.
Es decir:
- Los compradores son copropietarios de la titularidad del suelo y de sus viviendas desde el principio.
- La financiación de la promoción es asumida también desde el principio por cada copropietario, por lo tanto es más fácil acceder a ella.
- Las viviendas se adquieren a precio de coste, ya que no existe la figura del promotor, y por lo tanto se elimina su beneficio.
- La gestión para un correcto funcionamiento, se debe delegar a una sociedad gestora, la cual velara por el interés común de todos los copropietarios.
- Las promociones en régimen de comunidad de propietarios disfrutan del mismo régimen de garantías que una promoción normal.
- Es deber de la gestora informar periódicamente a los copropietarios del estado del proyecto.
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